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Enseñanzas del Régimen General

1. Educación Infantil (0-6 años)

La Educación Infantil comprende hasta los seis años de edad y tiene carácter voluntario. La finalidad de la Educación Infantil es aportar experiencias favorecedoras al desarrollo físico y emocional de los más pequeños.

La Educación Infantil está organizada en dos ciclos. El primer ciclo se extiende hasta los tres años y el segundo, desde los tres años de edad a los seis.

La Educación Infantil estará a cargo de maestros con la especialización correspondiente que tendrán el apoyo de profesionales cualificados para el trato de los más pequeños, durante el primer ciclo.

Aunque éstas enseñanzas no son obligatorias, las Administraciones Públicas garantizan una oferta de puestos escolares suficiente, para aquellos que lo necesiten.

2. Educación Primaria (6-12 años)

La Educación Primaria se extiende de los seis a los doce años de edad, es de carácter obligatorio y está organizada en tres ciclos de dos años cada uno.

Los contenidos educativos se organizan en áreas de conocimiento: Lengua Castellana, Matemáticas, Conocimientos del Medio Natural, Social y Cultural, Educación Artística, Educación Física, Lengua Extranjera (desde los ocho años de edad) y Religión, como oferta voluntaria para los alumnos.

Los alumnos accederán de un ciclo educativo a otro siempre que hayan alcanzado los objetivos correspondientes. En el supuesto de que un alumno no haya conseguido dichos objetivos, podrá permanecer un curso más en el mismo ciclo y ésto sólo podrá adoptarse una vez a lo largo de la Educación Primaria.

La Educación Primaria será impartida por maestros que tendrán competencia en todas las áreas de este nivel. Para las áreas de educación Física, de Lengua Extranjera y de Educación Musical, habrá maestros especializados.

3. Educación Secundaria

La educación secundaria comprende distintas etapas formativas:

Educación Secundaria Obligatoria.
Bachillerato
Formación Profesional específica de Grado Medio.



Educación Secundaria Obligatoria (12-16 años).

La Educación Secundaria Obligatoria completa las enseñanzas básicas y presenta como novedad principal la creciente diferenciación de materias optativas, con la consiguiente posibilidad de elección de los alumnos, que ahora permanecerán escolarizados hasta alcanzar la edad laboral mínima.

La Educación Secundaria Obligatoria se divide en dos ciclos de dos cursos cada uno. Las áreas de conocimientos de esta etapa son:

Ciencias de la Naturaleza.
Ciencias Sociales, Geografía e Historia.
Educación Física.
Educación Plástica y Visual.
Lengua Castellana y Literatura.
Lenguas Extranjeras.
Matemáticas.
Música.
Tecnología.
Religión / actividades de estudio alternativo.

El profesorado de la Educación Secundaria Obligatoria estará compuesto por docentes licenciados universitarios con la debida preparación pedagógica, y por maestros, que impartirán el primer ciclo de ésta etapa. El segundo ciclo, de 14 a 16 años, se cursará en centros de Educación Secundaria que impartirán también Bachillerato y Formación Profesional Específica de Grado Medio.

Al finalizar los dos ciclos de la Educación Secundaria Obligatoria, los alumnos recibirán un único título que les permitirá acceder indistintamente al Bachiller o a la Formación Profesional Específica de Grado Medio.

En Secundaria Obligatoria la evaluación, es continua y de carácter integrador. Cada uno de los profesores evaluará la materia que imparte y asimismo tomará la decisión, junto con el resto de profesores, de considerar alcanzados o no los objetivos generales del ciclo y permitir la promoción u obtener el título. Desaparecen de ese modo en la práctica las asignaturas pendientes y los exámenes de septiembre.

Al igual que en la Enseñanza Primaria, si un alumno no ha alcanzado los objetivos previstos para ese ciclo, podrá permanecer en el mismo durante un año más. En algunos centros que imparten el segundo ciclo de Educación Secundaria Obligatoria existe la posibilidad para determinados alumnos mayores de dieciséis años, de pertenecer a grupos en los cuales se establecen diversificaciones del currículo, de modo que los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria puedan ser conseguidos mediante una metodología especifica.

Bachillerato.

El Bachillerato comprende dos cursos académicos, que se han de cursar en un máximo de cuatro cursos académicos, y tiene una triple finalidad: preparar al alumno para la enseñanza universitaria, para la Formación Profesional Específica de Grado Superior y para su incorporación al trabajo.

Está organizado en diferentes modalidades: Artes, Ciencias de la Naturaleza y la Salud, Humanidades y Ciencias Sociales y Tecnología.

Todos los Bachilleratos tendrán como materias comunes: Educación Física, Filosofía, Historia, Lengua Castellana y Literatura, Lengua Extranjera. Además cada modalidad tendrá opciones que amplían la oferta de estudio y permiten una mayor especialización incluyendo materias específicas obligatorias y otras optativas.

Los profesores encargados de impartir enseñanzas en el Bachillerato serán licenciados o equivalentes con la debida formación pedagógica y cada materia tendrá su correspondiente profesor.

Los alumnos que cursen satisfactoriamente el Bachillerato recibirán el título de Bachiller. Su obtención facultará para acceder a la Formación Profesional de Grado Superior y a los Estudios Universitarios. Para el acceso a las titulaciones de primer y segundo ciclo se requerirá además haber superado con éxito una prueba de madurez.

La prioridad de acceso estará vinculada a la modalidad de Bachillerato cursada así como al resultado de la prueba de madurez y las propias calificaciones del Bachillerato.


Formación Profesional Específica de Grado Medio.

La Formación Profesional comprende el conjunto de enseñanzas que, dentro del Sistema Educativo, capaciten para el desempeño cualificado de las distintas profesiones. La Formación Profesional que reciben los alumnos de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato es Formación Profesional de base.

La Formación Profesional Específica comprende un conjunto de ciclos, organizados en forma de módulos de duración variable, y con contenidos teórico-prácticos.

La Formación Profesional Específica de Grado Medio o Ciclos Formativos de Grado Medio que podrán cursarla aquellos alumnos que se hallen en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria, o aquellos que con dieciocho años de edad como mínimo, superen una prueba establecida con ese fin.

El profesorado de la Formación Profesional Específica de Grado Medio estará constituido, al igual que en el Bachillerato, por licenciados universitarios. Para determinadas áreas o materias se podrá contar con profesorado especializado llegado directamente del mundo laboral.

Los alumnos que superen las enseñanzas de Formación Profesional Específica de Grado Medio recibirán la titulación de Técnico en la correspondiente profesión. Estos alumnos podrán acceder al mundo laboral o, a través de convalidaciones, cursar Bachillerato. También podrán presentarse a la prueba de acceso a los Ciclos Formativos Superiores desde el momento que tengan dieciocho años de edad, si el Ciclo Formativo que se desea cursar es de la misma familia profesional que el realizado.

La oferta formativa dentro del Grado Medio de estas enseñanzas profesionales, es muy amplia. Existen, entre otros, Ciclos Formativos en las familias profesionales de Hostelería y Turismo, Administración, Imagen personal, Química o Artes Gráficas.


4. Formación Profesional Específica de Grado Superior


La Formación Profesional Específica de Grado Superior o Ciclos Formativos Superiores, está destinada a aquellos alumnos que, estando en posesión del título de Bachiller, deseen conseguir una preparación técnica que, en uno o dos cursos, les permita acceder al mundo laboral. El acceso a estos módulos también es posible si el alumno supera una prueba a la que pueden presentarse los mayores de 20 años o de 18 si han cursado previamente un Ciclo Formativo de Grado Medio de la misma familia.

El profesorado encargado de impartir los distintos contenidos teórico prácticos estará compuesto por licenciados universitarios con la adecuada preparación pedagógica y por profesionales ya integrados en la vida laboral. En estos Ciclos Formativos, el contacto de empresas, a través de prácticas de los alumnos, es uno de los objetivos principales pues se favorece así la integración de los alumnos en la vida activa y la transición desde el medio educativo al medio laboral.

Los alumnos que superen las enseñanzas de Formación Profesional Específica de Grado Superior obtendrán el título de Técnico Superior de la correspondiente profesión, con el que tendrán acceso a las Escuelas Universitarias que correspondan con su especialización profesional.

En la Comunidad de Madrid se pueden estudiar más de cuarenta Ciclos Formativos de Grado Superior, algunos de ellos son Salud ambiental, Educación Infantil, Agencias de viaje o Animación de actividades físicas y deportivas.

5. Educación Especial


El sistema educativo dispondrá de los recursos necesarios para que los alumnos con necesidades educativas especiales, temporales o permanentes, puedan alcanzar dentro del mismo sistema, los objetivos establecidos con carácter general para todos los alumnos.

La atención al alumnado con necesidades educativas especiales se regirá por los principios de normalización y de integración escolar.

La escolarización en unidades o centros de educación especial sólo se llevará a cabo cuando las necesidades del alumno no puedan ser atendidas por un centro ordinario, situación que se revisará periódicamente.

6. Enseñanzas Universitarias


Las Enseñanzas Universitarias están organizadas en tres ciclos: Primer Ciclo, de tres años de duración, dedicado al aprendizaje de contenidos básicos. Segundo Ciclo, de especialización y Tercer Ciclo de investigación y preparación para la docencia. La educación universitaria se imparte en distintos centros educativos:

Facultades Universitarias: en estos centros pueden cursarse los tres ciclos universitarios. Los alumnos/as que superen el primer y segundo ciclo obtendrán el título de Licenciado. Los alumnos que finalicen el tercer ciclo y superen la lectura y defensa de su tesis doctoral, obtendrán el título de Doctor.
Escuelas Técnicas Superiores: en estas escuelas pueden cursarse los tres ciclos universitarios siendo las titulaciones obtenidas las de Arquitecto o Ingeniero y Doctor Arquitecto o Ingeniero.
Escuelas Universitarias: los estudios impartidos por estas escuelas tienen una duración de tres cursos académicos, más la realización de un proyecto, en algunos casos. La superación de los mismos otorga la titulación de Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico.
Colegios Universitarios: en estos centros únicamente se podrá cursar el primer ciclo de la educación universitaria. Los Colegios Universitarios pueden ser de carácter privado o estatal, con idéntica validez académica. Una vez finalizado el primer ciclo en un Colegio Universitario, los alumnos/as proseguirán con el segundo ciclo en aquella Universidad, a la que el centro esté adscrita, que será quien expida la titulación correspondiente.

Podrán solicitar el acceso a las Facultades Universitarias, Escuelas Técnicas Superiores y Colegios Universitarios, los alumnos que hayan superado las Pruebas de Aptitud para el acceso a la Universidad (Selectividad), Licenciados o Diplomados Universitarios y aquellos que hayan superado las pruebas de acceso para mayores de veinticinco años.

Tienen acceso a las Escuelas Universitarias, además de los alumnos que tienen acceso a Facultades y E.T.S., aquellos que estén en posesión del título de Bachiller y C.O.U. o Bachillerato, sin necesidad de haber superado la Selectividad, aunque tendrán prioridad aquellos que sí tengan aprobado dicho examen.

Los alumnos de Formación Profesional del Segundo Grado o los de Formación Profesional Específica de Grado Superior tendrán acceso a las Escuelas Universitarias y Facultades afines con la especialidad que hayan cursado.

La adjudicación de plazas existentes en los Centros de las Universidades madrileñas se realizará teniendo en cuenta los siguientes criterios de valoración:

Calificación definitiva de las pruebas de aptitud para el acceso a la Universidad (Selectividad).
La puntuación definitiva de las pruebas de acceso será la media ponderada obtenida entre la calificación de los ejercicios y el promedio de las calificaciones totales del alumno en el Bachillerato y C.O.U.
Nota media del expediente académico del Segundo Grado de Formación Profesional o Ciclo formativo de grado superior.
Opción cursada por el alumno-a en el Curso de Orientación Universitaria.
Convocatoria en la que se han superado las pruebas de acceso a la Universidad.

Los alumnos que superaron las pruebas de acceso a la Universidad con una calificación que no les permite optar a los estudios que desean, podrán solicitar volver a realizarlas sin límite de convocatorias, en la misma universidad salvo que se acredite un cambio de residencia. A éstos alumnos se les considerará como definitiva la calificación más elevada


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